No podemos obviar el hecho de que las consultas planteadas al Consejo de Estado (CE) son potestativas como indica el art. 25.1 de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado: “1. El Consejo de Estado, sea en Pleno o en Comisión Permanente, puede ser oído en cualquier asunto en que, sin ser obligatoria la consulta, el Presidente del Gobierno o cualquier Ministro lo estime conveniente.”

Este Informe Nº 40/2019 del CE, en sesión celebrada el 21 de marzo de 2019, por unanimidad, se pronuncia sobre “si las autoridades y cargos públicos representativos locales están obligados a atender los requerimientos de comparecencia formulados por los Parlamentos autonómicos”.
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Recientemente, el Tribunal de Cuentas de la UE ha publicado un análisis rápido de 



El 21 de febrero de 2019 me publicaban en el apartado de Opinión del diario económico Expansión
La contabilidad y el presupuesto están interrelacionados. Si bien, pueden surgir desajustes temporales entre el momento económico-patrimonial (el reconocimiento de las transacciones se realiza conforme a la corriente real de bienes y derechos) y el presupuestario (se ha de garantizar que los gastos no superen el crédito presupuestario aprobado y que haya un sometimiento al procedimiento de gestión establecido).


