Economía, Fiscalidad

EVITEMOS EL RIESGO DE INCUMPLIMIENTO DE LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA

Os dejo este post publicado en el Club de los Viernes el 14 de abril de 2016:

http://www.elclubdelosviernes.org/evitemos-riesgo-incumplimiento-la-estabilidad-presupuestaria/

Uno de los pilares fundamentales de la política económica es la consolidación fiscal, con la que se garantiza la eliminación del déficit y reduce la deuda pública. Elementos clave de una economía saneada y tendente a la creación de empleo; esto es nuestro verdadero objetivo. Si bien, no es ésta una innovación de la legislación española (art. 135 de la Carta Magna); ya el propio art. 126 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) plasmaba esta misma idea: “Los Estados Miembros evitarán déficit públicos excesivos”, siendo la Comisión la que supervisará la evolución de la situación presupuestaria y del nivel de endeudamiento público de los Estados Miembros.

La Constitución Española (CE) y la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y de Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) sientan las bases para diseñar una política presupuestaria “sensata” que se asiente en el cumplimiento de los objetivos de estabilidad y en la aplicación de las medidas correctoras que limiten las desviaciones presupuestarias a nivel estatal, autonómico y local.

Ha llegado el momento del cambio; de aplicar la legalidad presupuestaria, en sus estrictos términos, de poner en práctica la LOEPSF. Así lo exigen los cánones. Así hemos de cumplirlo.

  2016 2017 2018
%PIB OBJ.

ESTAB.
PRESUP.

DEUDA PÚBLICA OBJ.

ESTAB.
PRESUP.

DEUDA PÚBLICA OBJ.

ESTAB.
PRESUP.

DEUDA PÚBLICA
ADMON. CENTRAL -2.2 72.6 -1.1 71.5 -0.2 69.2
SEGURIDAD SOCIAL -0.3 -0.2 -0.1
CCAA -0.3 22.5 -0.1 21.8 -0.0 20.9
EELL -0.0 3.4 -0.0 3.2 -0.0 3.1
TOTAL -2.8 98.5 -1.4 96.5 -0.3 93.2

Fuente: Ministerio de Hacienda y de Administraciones Públicas

De hecho, la Comisión Europea, cansada de esperar un cumplimiento que se acerca, pero que no llega, insta al Gobierno español para que garantice el cumplimiento del déficit: el 2,8% del PIB en el 2016. Para lograr ese objetivo, es preciso impulsar el control del gasto público de las Comunidades Autónomas (CCAA).

“España debe adoptar medidas para garantizar una corrección oportuna y duradera del déficit excesivo, en especial utilizando plenamente, según proceda, los instrumentos preventivos y correctivos previstos en la Ley de Estabilidad española”, según recomendación planteada por el comisario de Asuntos Económicos y Monetarios, Pierre Moscovici. Si bien, no es ésta la única sugerencia, ya que la propia Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ya había reclamado que se activasen las medidas preventivas no automáticas para determinadas CCAA.

Los últimos datos arrojados, para el año 2015, ponen de relieve un déficit agregado de las CCAA que superan en un 0,6% del PIB el objetivo fijado en el 0,7%; lo que no hace más que evidenciar un riesgo insalvable, si no se ataja con la puesta en práctica de las medidas oportunas.

Los mecanismos preventivos pueden consistir en la aplicación de medidas automáticas de prevención aplicables a todas las CCAA, ya sea con un seguimiento de los estados de ejecución y la correspondiente reducción del gasto público y control en la concesión de avales; o admitiendo exclusivamente, sin autorización previa, el endeudamiento para operaciones de tesorería. El reforzamiento de las Intervenciones Generales es esencial con el fin de garantizar la detección de riesgos en el cumplimiento de las reglas fiscales.

En los supuestos de riesgo de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto de una CCAA, como ocurre con Extremadura, Cataluña, Murcia y la Comunidad Valenciana, según los informes de la AIReF, el Gobierno les formulará una advertencia motivada, previa audiencia; debiendo la CCAA responsable adoptar las medidas necesarias, en el plazo de un mes, en el marco de los presupuestos y de los Planes Económicos-Financieros (PEF).

Si no se adoptasen las medidas oportunas, se aplicarán las primeras medidas correctivas, que no tratan de sancionar, sino de coadyuvar al cumplimiento del objetivo. Se exigirían, por parte del Gobierno, estrictos controles para la autorización del endeudamiento, de los avales, de la concesión de subvenciones y de la suscripción de convenios.

La Administración incumplidora debe presentar un PEF que detallará las medidas que se han de adoptar para lograr en el año y en el siguiente el cumplimiento de los objetivos. Este plan requiere el informe previo de la AIReF y su remisión posterior al Consejo de Política Fiscal y Financiera, siendo el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas quien elaborará, trimestralmente, un informe de seguimiento de la aplicación de las medidas.

Según la AIReF hay un “riesgo muy elevado de incumplimiento” del objetivo de estabilidad presupuestaria en Extremadura, Cataluña, Murcia y Comunidad Valenciana y aprecia “riesgo moderado de incumplimiento” en las Islas Baleares, Cantabria, Castilla-La Mancha y la Comunidad de Madrid.

Por tanto, CCAA ¡póngase manos a la obra y corrijan las posibles desviaciones!. El cumplimiento es irrenunciable si pretendemos cumplir con los objetivos previstos en la Unión Europea.

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